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El divorcio express

De acuerdo con la ley, el matrimonio puede disolverse por la muerte o declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges, o bien el divorcio. En este último caso, podrá ser de dos tipos: contencioso o express.

Por medio de una demanda judicial, uno de los cónyuges puede solicitar divorcio al otro. Esta opción es la adecuada cuando una de las partes no quiere consentir el divorcio. Pero a veces, ambos cónyuges están de acuerdo en todas las partes, y deciden saltarse pasos para acelerar el proceso.

El divorcio express plantea entonces muchas ventajas. Bastará con que el último domicilio de los cónyuges esté en España y hayan pasado tres meses desde el matrimonio (salvo casos excepcionales de riesgo para la vida, integridad física o moral, etc.)

La pareja se dirigirá entonces al abogado, para que éste redacte el Convenio Regulador, atendiendo a las peticiones de ambos. En él, figurarán todas las medidas sobre la liquidación del régimen económico matrimonial, la vivienda familiar, la pensión compensatoria, y otras cargas del matrimonio, así como los cuidados de los hijos, el ejercicio de la patria potestad, y el régimen de visitas. Firmado esto, presentará la demanda ante el Juzgado.

Tras comparecer ante el Juez, y que éste compruebe que el Convenio da un trato idóneo y equilibrado para todas las partes, se dictará la sentencia definitiva en el plazo de dos o tres meses.

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